Tipos de Créditos según la SBS
La Superintendencia de
Banca, Seguros y AFPs, señala que la cartera de créditos será clasificada en
ocho(8) tipos:
1. Créditos Corporativos
Fuente: SBS
1. Créditos Corporativos
Son aquellos créditos
otorgados a personas jurídicas que han registrado un nivel de ventas anuales
mayor a S/. 200 millones en los dos (2) últimos años, de acuerdo a los estados
financieros anuales auditados más recientes del deudor. Si el deudor no
cuenta con estados financieros auditados, los créditos no podrán ser
considerados en esta categoría.
2. Créditos a Grandes empresas
Son aquellos créditos otorgados a personas
jurídicas que poseen al menos una de las siguientes características:
Ventas anuales mayores a S/. 20 millones pero
no mayores a S/. 200 millones en los dos (2) últimos años, de acuerdo a los
estados financieros más recientes del deudor.
El deudor ha mantenido en
el último año emisiones vigentes de instrumentos representativos de deuda en el
mercado de capitales.
3. Créditos a Medianas empresas
Son aquellos créditos otorgados a personas
jurídicas que poseen al menos una de las siguientes características:
Tienen un endeudamiento total en el sistema
financiero superior a S/. 300,000 en los últimos seis (6) meses, y que no
cumplan con las características para ser clasificados como créditos
corporativos o a grandes empresas.
Ventas anuales no mayores a
S/. 20 millones.
4. Créditos a Pequeñas empresas
Son aquellos créditos
destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación
de servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento
total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda)
es superior a S/. 20,000 pero no mayor a S/. 300,000 en los últimos
seis (6) meses.
5. Créditos a Microempresas
Son aquellos créditos
destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación
de servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento
total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para
vivienda) es no mayor a S/. 20,000 en los últimos seis (6) meses.
6. Créditos de consumo Revolvente
Son aquellos créditos
revolventes otorgados a personas naturales, con la finalidad de atender el
pago de bienes, servicios o gastos no relacionados con la actividad
empresarial. Normalmente se asocia a una tarjeta de crédito.
7. Créditos de consumo No-revolvente
Son aquellos créditos no
revolventes otorgados a personas naturales, con la finalidad de atender el pago
de bienes, servicios o gastos no relacionados con la actividad
empresarial.
8. Créditos Hipotecarios para vivienda
Son aquellos créditos
otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, refacción,
remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia,
siempre que tales créditos se otorguen amparados con hipotecas debidamente
inscritas; sea que estos créditos se otorguen por el sistema convencional de
préstamo hipotecario, de letras hipotecarias o por cualquier otro sistema de
similares características.
DATO: También se pueden identificar las dos grandes
diferencias entre créditos a personas jurídicas (de 1 a 5) y a personas
naturales (de 6 a 8).
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